La Comisión Europea ha enviado cartas de emplazamiento formal a 18 Estados miembros de la Unión Europea por no haber notificado la plena incorporación a su legislación nacional del derecho a la energía compartida y las normas conexas de protección al consumidor, establecidas en la reforma del mercado eléctrico del bloque. Los países afectados son Bélgica, Estonia, Irlanda, Grecia, España, Francia, Croacia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Hungría, Malta, Países Bajos, Polonia, Rumanía, Eslovenia, Finlandia y Suecia.
Estos Estados tenían hasta el 17 de julio de 2026 para transponer las disposiciones de la Directiva (UE) 2024/1711 sobre energía compartida y libre elección de proveedor. La Comisión no incluyó en su acción a los otros nueve Estados miembros: Bulgaria, Chequia, Dinamarca, Alemania, Italia, Chipre, Austria, Portugal y Eslovaquia. El anuncio no especifica si cada uno de ellos ha transpuesto completamente la directiva, y aún no se ha evaluado si las normas nacionales se ajustan a ella. Las cartas se refieren a la falta de notificación de la transposición, no a una conclusión sobre el fondo de las normas nacionales.
¿Qué establece la nueva normativa de energía compartida?
El nuevo artículo 15a de la directiva permite que los hogares, las pequeñas y medianas empresas (pymes) y los organismos públicos compartan electricidad renovable autogenerada o almacenada con otros clientes «dentro de la misma zona de oferta o en un área geográfica más limitada», según decida cada Estado miembro. La electricidad compartida se deduce del consumo medido de los participantes cuando los proveedores calculan el componente energético de sus facturas. Los participantes pueden designar a un organizador tercero de energía compartida para gestionar el acuerdo.
Los enfoques nacionales varían. En Alemania, la energía compartida bajo la Sección 42c de la Ley de Industria Energética (EnWG) comenzó el 1 de junio, aunque los grupos de energía comunitaria han criticado las reglas por considerarlas poco ambiciosas. España y Francia, ambos entre los 18, ya contaban con regímenes de autoconsumo colectivo. España amplió en marzo la distancia máxima para el autoconsumo compartido a 5 km, mientras que Francia revisó en junio las normas de asignación de energía para sus esquemas de autoconsumo colectivo.
Plazos y posibles sanciones
Los 18 países tienen dos meses para responder, completar la transposición y notificar a la Comisión. Si la Comisión no queda satisfecha, puede emitir un dictamen motivado, la segunda etapa del procedimiento de infracción, que puede terminar en un recurso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Además, la Comisión envió cartas a 26 Estados miembros por la Directiva refundida sobre el Gas Descarbonizado e Hidrógeno, cuyo plazo de transposición era el 5 de agosto y solo Italia lo cumplió. Esta acción se suma a la presión regulatoria para acelerar la adaptación del marco energético europeo.
Implicaciones para el mercado energético
La energía compartida busca empoderar a los consumidores y acelerar la transición hacia fuentes renovables distribuidas. Al permitir que los participantes compartan excedentes de generación, se fomenta la inversión en autoconsumo y se reduce la dependencia de la red centralizada. Sin embargo, la falta de transposición en 18 países retrasa la implementación efectiva y genera incertidumbre para los agentes del mercado.
La Comisión Europea ha subrayado que el incumplimiento de los plazos de notificación no prejuzga la conformidad sustantiva de las normas nacionales, pero sí refleja la necesidad de una acción coordinada para alcanzar los objetivos climáticos y energéticos de la UE para 2030.
Reacciones y contexto
Hasta el momento, no se han producido declaraciones oficiales de los gobiernos afectados. Los expertos señalan que la complejidad técnica y la diversidad de marcos regulatorios nacionales explican en parte los retrasos. La Comisión ha instado a los Estados miembros a acelerar los trámites y a garantizar que los consumidores puedan beneficiarse cuanto antes de las nuevas disposiciones.
Este procedimiento de infracción se enmarca en un esfuerzo más amplio por parte de Bruselas para asegurar la aplicación uniforme de la legislación energética y evitar distorsiones en el mercado único. Se espera que en los próximos meses la Comisión evalúe la conformidad de las normas nacionales y, en su caso, inicie las siguientes fases del procedimiento.

