¿Límites a la Concentración de Espectro Radioeléctrico?

Ciudad de México, Agosto 2017.- El martes 8 de agosto fue puesto a consulta pública (hasta por 20 días hábiles) el proyecto de bases de licitación de 130 MHz de la banda de 2.5 GHz, óptima para la oferta de servicios inalámbricos de última generación. Ahí se detallan la garantía de seriedad, el monto mínimo de referencia, los bloques a licitar, el calendario del proceso, el mecanismo de asignación de frecuencias, así como los límites a la acumulación de espectro para los operadores.
Lo que se identifica en estas prebases nuevamente es la insensibilidad, ignorancia o apariencia de desconocimiento del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) de las desventajas que se generan para los competidores de continuar con un escenario de elevada concentración en la tenencia de frecuencias del espectro por un solo operador, que ya todos sabemos es el preponderante (Telcel).
Ello resultante de la imposición de supuestos límites a la posesión de espectro que no se ajustan a la distribución de frecuencias efectivamente en operación y que distan de reconocer el escenario de inequitativa competencia en el mercado de telecomunicaciones móviles mexicanas.
En el proyecto de bases de licitación se da a conocer que el operador preponderante tan sólo tiene derecho al uso de 29.7% de las frecuencias asignadas para la provisión de servicios móviles, cuando en realidad esta porción asciende a más de la mitad (51%), muy por debajo de la que alcanzan AT&T (32%) y Movistar (16%). Al adquirir los derechos de 60 MHz en la banda de 2.5 GHz y al no considerar en operación los 90 MHz de la banda de 700 MHz asignados a la Red Pública Compartido, tal que su entrada y provisión de servicios se materializará efectivamente en la próxima década, es este operador que rebasa los límites de acumulación espectral y por el que no cabe justificar una necesidad de espectro por su ‘elevada cantidad de usuarios y generación de tráfico en las redes.
Será Telcel, por más de un año, el único operador que podrá ofrecer servicios más eficientes y de mejor calidad de 4G-LTE frente a sus competidores, en un periodo de pretendida renivelación de condiciones de mercado y reducción de ventajas para el preponderante.
Lo que inevitablemente se traducirá en menores incentivos para los consumidores a elegir una oferta y red distinta a aquella del preponderante, que a decir de sus resultados de operación parece ya acomodarse a la regulación específica a la que se encuentra sujeto.
Otra ruta de desventaja para los operadores competidores representa el valor de mercado que tendrían que pagar por el espectro ganado en la licitación, al compararlo con aquel que América Móvil pagó a Grupo MVS en el mercado secundario de espectro por los 60 MHz de la banda de 2.5 GHz. Si este último resulta ser más bajo serán los competidores, los que de por sí enfrentan una restricción más ajustada de recursos que el preponderante, los que tendrán que pagar un precio más alto para intentar competir con este por la oferta de servicios de mayor calidad y cobertura.
A todas luces la licitación de frecuencias en la banda de 2.5 GHz favorece la posición de ventaja del preponderante frente a sus competidores, bajo los términos establecidos en las prebases. La recomendación aquí para el regulador sería impedir a toda costa la participación de Telcel en el proceso, puesto que las métricas aquí referidas lo colocan en un nivel de acumulación de espectro y operación efectiva de espectro que resulta muy superior a lo que alcanzan sus principales competidores.
En caso contrario, serán los competidores los que de ninguna manera podrán alcanzar condiciones similares (idealmente mejores) de oferta para aumentar su huella y posicionamiento de mercado y así, alcanzar un escenario de competencia efectiva.

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