Ciberacoso en México: Corte de Caja

Ciudad de México, enero 2020.- Samuel Bautista Mora SIU. Las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) se encuentran aún en una fase de acelerada adopción en México, incluso, algunas de ellas se encuentran por alcanzar su techo estructural como es el caso de los teléfonos inteligentes que representan 88.7% del número total de líneas móviles[1].
Asimismo, el número de usuarios de Internet entre 2015 y 2018 pasó de 62 a 74 millones entre 2015 y 2018[2], mientras que, en el mismo periodo, el de usuarios de teléfonos móviles incrementó de 77.7 a 83.1 millones.[3]
Es de considerarse que los mexicanos entre 12 y 59 años utilizan internet o su teléfono inteligente un promedio de 4.16 horas por día, fenómeno que es más intenso en jóvenes entre los 12 y 19 años y adultos entre los 20 y 29 años que aprovechan estas tecnologías entre 4.13 horas y 4.78 horas al día respectivamente.[4]
El abundante uso de herramientas digitales y de comunicación deriva en el más expedito acceso a contenidos educativos y en el fortalecimiento a la garantía de derechos como el de la libertad de expresión y el acceso a la información; sin embargo, de manera paralela, constituye un medio para problemáticas sociales como el ciberacoso o ciberbullying.
El ciberacoso se refiere al uso intencionado de las TIC por parte de un individuo o grupo con el objeto de ofender, humillar, amenazar, acosar, dañar o abusar de una persona.
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI)[5] estima que, en 2017, 17 de cada 100 mexicanos entre los 12 y 59 años que son usuarios de internet y teléfono celular sufrieron algún tipo de ciberacoso, esto se traduce en 10.4 millones de víctimas.
Entre los estados más afectados se encuentran Tabasco, Veracruz, Zacatecas, Guanajuato y Aguascalientes donde el porcentaje de los afectados ronda entre 20.3% y 22.1% del total de usuarios de internet y celulares en dichas entidades. Por el contrario, en Oaxaca, San Luis Potosí, Querétaro, Guerrero y Sinaloa, esta proporción se ubica entre 12.3% y 14.6%.

PORCENTAJE DE USUARIOS DE INTERNET O CELULAR ENTRE LOS 12 Y LOS 59 AÑOS VÍCTIMAS DE CIBERACOSO POR ENTIDAD FEDERATIVA


Elaborado por SIU con información del INEGI
De este grupo de afectados, 40.1% recibieron mensajes ofensivos con insultos o burlas, 27.5% recibieron llamadas de la misma naturaleza, y 31.4% fueron contactados a través de identidades falsas, siendo estas las formas de ciberbullying con mayor incidencia

DISTRIBUCIÓN PORCENTUAL DE LAS PERSONAS ENTRE 12 Y 59 AÑOS VÍCTIMAS DE CIBERACOSO POR TIPO DE CIBERACOSO


Elaborado por SIU con información del INEGI
En cuanto a la prevalencia de este fenómeno por género, las mujeres son ligeramente más afectadas que los hombres:18 de cada 100 mujeres que son usuarias de internet entre los 12 y 59 años sufren ciberacoso; este indicador es 16 por cada 100 para el caso de los hombres.
La brecha no parece abrumadora a simple vista; sin embargo, un asomo más detallado muestra que 31 de cada 100 mujeres reciben insinuaciones o propuestas sexuales a través de estas tecnologías; en contraste, 13 de cada 100 hombres son agredidos de esta manera. En cuanto a la recepción de fotos y videos con contenido sexual, la incidencia en mujeres equivale a 24% contra 15% de los hombres.
Destaca que los principales perpetradores del cyberbullying son los hombres ya que del total de mujeres entre los 12 y 59 años que son usuarias de internet y que conocen el sexo de su agresión, 64% declaró que era hombre, mientras que 72% de los hombres declaró que el sexo de su agresor era masculino.
Existen, por un lado, acciones unilaterales para minimizar el fenómeno del ciberacoso las cuales consisten en nunca responder a números desconocidos, tomar screenshoots de conversaciones para mantener registro de los ataques, bloquear y reportar, hablar con autoridades y familiares sobre el ciberacoso sufrido, reportarlo con autoridades, mantener los ajustes de privacidad en redes sociales en el nivel más elevado posible, así como buscar intermediación de alguna autoridad.
En el aspecto jurídico, en México existe legislación penal local contra el ciberacoso a la cual se puede acudir. Destacan las reformas al Código Penal del Estado de Puebla que ayudaron a tipificar el delito de ciberacoso, además de establecer castigos de once meses a tres años de prisión contra quien lo cometa[6].
A su vez, en 14 entidades federativas (recientemente en la Ciudad de México) se han aprobado reformas con el objeto de castigar penalmente a quienes graben, filmen o elaboren fotos, audios o video de naturaleza sexual sin el consentimiento de la persona.
La explosión en el uso y aprovechamiento de las TIC abre horizontes nuevos en campos como el educativo, de la salud, y la libre expresión por mencionar a algunos. Desgraciadamente, el mundo digital es, a la vez, un espejo de problemáticas sociales como el acoso.
La promoción de medidas unilaterales para protegerse del ciberbullying y la legislación penal para combatirlo son estrategias deseables que deben estar acompañadas, dada las características del fenómeno, de un enfoque en poblaciones de mujeres jóvenes en regiones como el Bajío y el Golfo

[1] The Competitive Intelligence Unit, Dimensionamiento del Mercado de Smartphones.
[2] Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares (ENDUTIH 2018). Disponible en: https://bit.ly/2ulmUL1
[3] Loc. cit.
[4] INEGI, Módulo sobre Ciberacoso (MOCIBA) 2017. Disponible en:https://bit.ly/2Qy5IKY
[5] Loc. cit.
[6]Artículo 278 nonies del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla. Disponibe en: https://bit.ly/39Pn9yr

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